Respuesta rápida
Necesita un NIF-IVA francés cuando su entidad debe el IVA francés a la importación, mantiene stock en Francia (los bienes llegan mediante una adquisición intracomunitaria o una importación, sea cual sea el tipo de cliente), realiza ventas nacionales a consumidores por las que debe el IVA francés, o envía pedidos de consumidores desde otro Estado miembro con IVA francés devengado y sin OSS de la Unión. Cuando un marketplace es proveedor considerado, la plataforma paga el IVA de la venta, pero el stock en Francia sigue exigiendo su número y la entrega exenta a la plataforma se declara en su CA3. El OSS de la Unión y la inversión del sujeto pasivo solo cubren las ventas que describen, nunca sus importaciones ni sus movimientos de stock propio.
Analice operaciones, no solo la ubicación de sus clientes
La primera pregunta no es si vende a Francia. Debe determinar si la misma entidad jurídica realiza una operación para la que Francia exige identificación a efectos de IVA o una declaración francesa. La página de registro de la administración tributaria francesa indica que una empresa extranjera sin establecimiento permanente francés debe registrarse cuando realiza una operación que requiere identificación aduanera o declaraciones francesas de IVA.
Realice el análisis entidad por entidad. El número de IVA de una matriz, otra cuenta de marketplace o un operador logístico no resuelve la situación de la sociedad que posee el stock, figura como importadora y vende. Nuestro servicio de registro de IVA francés empieza por vincular cada entidad con sus operaciones reales.
Supuestos vinculados a mercancías y stock
La importación es el supuesto más claro. La Aduana francesa señala que una empresa que importa en Francia debe incluir un número de IVA intracomunitario francés válido en la declaración aduanera. El IVA a la importación se declara después mediante la CA3 francesa. Si su entidad es la importadora oficial, no dé por hecho que el número del marketplace o del transportista sustituye al suyo.
Los traslados de stock propio también cuentan aunque todavía no haya una venta al cliente. Los artículos 17 y 21 de la Directiva del IVA tratan, en principio, el traslado de bienes empresariales a otro Estado miembro como una entrega en el país de salida y una adquisición intracomunitaria en el de llegada. Las excepciones, como una verdadera reserva de existencias, deben comprobarse con los hechos y contratos.
Una vez que los bienes están en Francia, las ventas B2C nacionales, exportaciones, entregas intracomunitarias desde Francia y salidas de stock pueden generar obligaciones declarativas. Por eso el lugar de almacenamiento sigue siendo decisivo.
- ¿Quién es propietario de las mercancías en cada fase?
- ¿Quién figura como importador en la declaración aduanera?
- ¿Desde qué país se envían los bienes al cliente?
- ¿La entidad mueve su propio stock hacia o desde Francia?
- ¿Se cumplen realmente los requisitos de alguna excepción concreta?
La inversión del sujeto pasivo cambia la contabilización, no el test del stock
Un proveedor extranjero sin establecimiento en Francia no siempre ingresa él mismo el IVA francés. Cuando su cliente es una empresa identificada a efectos de IVA en Francia, el cliente autoliquida el impuesto mediante la inversión del sujeto pasivo francesa (artículo 283-1 del CGI). Si esas ventas son las únicas operaciones francesas del proveedor, no exigen por sí solas un registro francés (artículo 286 ter A del CGI).
Es una regla de contabilización de la venta, no una salida del test de registro. El stock en Francia exige su NIF-IVA francés sea cual sea el tipo de cliente, porque los bienes llegaron mediante una adquisición intracomunitaria o una importación. Una importación a su nombre, una venta nacional a un consumidor por la que debe el IVA francés y cualquier obligación de declarar en Francia siguen siendo desencadenantes. Verifique el NIF-IVA francés válido del cliente y conserve los contratos, facturas y pruebas de transporte que justifican el tratamiento.
Por qué OSS y los marketplaces no sustituyen el análisis
El OSS de la Unión es una vía declarativa para ventas intracomunitarias a distancia de bienes y determinados servicios B2C. La Comisión Europea confirma que el vendedor se registra en un solo Estado miembro, aquel en el que está establecido en la UE o, sin establecimiento en la UE, un Estado miembro de salida de los bienes, y declara allí el IVA de los países de destino cubiertos. OSS no es un NIF-IVA europeo general y no declara la llegada de stock propio a Francia ni el IVA de una importación francesa.
Un marketplace es proveedor considerado en dos tipos de ventas a consumidores: bienes situados en la UE vendidos por un vendedor no establecido en la UE, sea cual sea el valor, y envíos importados con un valor intrínseco de hasta 150 EUR, sea cual sea el vendedor. La plataforma paga entonces el IVA de la venta. Para bienes expedidos desde Francia, su entrega exenta a la plataforma sigue exigiendo identificación francesa y se declara en su CA3; desde stock en otro Estado miembro no hay nada que declarar en Francia por esa venta. Los bienes situados en la UE vendidos por un vendedor establecido en la UE siguen siendo su propia venta, y un envío importado de más de 150 EUR no es una entrega considerada, aunque la ley francesa puede hacer a la plataforma deudora del IVA a la importación. Consulte nuestra guía sobre el proveedor considerado y la explicación de por qué el IVA cobrado por un marketplace no elimina automáticamente los registros locales del vendedor.
Una regla sencilla ayuda: el OSS o el cobro del marketplace cambia quién paga el IVA de una venta al cliente. No cambia quién poseía y movía las mercancías antes de esa venta, por lo que los tests de importación y de stock van siempre primero. Dos reglas menores quedan en los márgenes. Un vendedor establecido en un solo Estado miembro que expide desde él puede mantener el IVA del país de origen mientras su volumen de negocios transfronterizo relevante no supere 10 000 EUR en el año en curso o el anterior, salvo que opte por la tributación en destino. Una franquicia transfronteriza para pymes autorizada (artículo 293 B bis del CGI) elimina el registro francés y la CA3 para las ventas exentas.
Tabla de decisión del NIF-IVA francés
La tabla aplica cuatro comprobaciones: importaciones, bienes en Francia, responsabilidad del marketplace y sus demás ventas a consumidores. Aplique cada fila a la misma entidad jurídica en todos sus flujos. Una empresa puede encajar en varias filas a la vez, un solo desencadenante justifica un análisis completo, y una fila marcada como no requerido solo cubre el flujo que describe.
| Hecho comercial | Orientación probable | Pruebas que revisar |
|---|---|---|
| 01 Importaciones: su entidad debe el IVA francés a la importación | Registro requerido. Su número francés figura en la declaración aduanera y el IVA a la importación se declara en su CA3. | Importador oficial, declaración aduanera, EORI, Incoterms y deudor legal del IVA a la importación. |
| 01 Importaciones: envíos cubiertos por IOSS o regímenes aduaneros suspensivos | Vía especial, condiciones que comprobar. Las ventas IOSS válidas y sus importaciones no exigen, por sí solas, un registro francés ordinario (artículo 286 ter A del CGI); depósito, tránsito y otros regímenes suspensivos se analizan aparte. | Número IOSS y su titular, valor intrínseco por envío, régimen aduanero y lugar de despacho. |
| 02 Bienes en Francia: stock en Francia, venda en B2B o en B2C | Registro requerido. Sus bienes llegan mediante una adquisición intracomunitaria (artículo 256 bis del CGI) o una importación, por lo que el número es necesario para la propia llegada, sea cual sea el tipo de cliente; se exceptúan las existencias de reserva que cumplan las condiciones. | País de salida, fecha de llegada, propietario, informe de almacén y posible acuerdo de existencias de reserva. |
| 02 Bienes en Francia: ventas nacionales a consumidores por las que debe el IVA francés | Registro requerido. Bienes entregados desde Francia a un cliente en Francia, fuera de una entrega considerada de marketplace y de una exención aplicable: repercute el IVA francés y presenta la CA3. | Canal de venta, condición del cliente, direcciones de envío y entrega, exención invocada. |
| 03 Marketplace: bienes situados en la UE vendidos por un vendedor no establecido en la UE | La plataforma paga el IVA, usted sigue declarando por el stock francés. El marketplace es proveedor considerado sea cual sea el valor (artículo 14 bis de la Directiva); para bienes expedidos desde Francia, su entrega exenta a la plataforma exige identificación francesa y se declara en su CA3; desde stock en otro Estado miembro, nada que declarar en Francia por esa venta. | Establecimiento del vendedor, ubicación del stock por pedido, facturas de IVA del marketplace y sus avisos de proveedor considerado. |
| 03 Marketplace: envíos importados de hasta 150 EUR, cualquier vendedor | La plataforma paga el IVA. Proveedor considerado según el valor intrínseco, sea cual sea su establecimiento; el uso válido del número IOSS de la plataforma exime la importación; sin IOSS, compruebe quién debe el IVA a la importación. | Valor intrínseco por envío, número IOSS declarado en aduana, declarante aduanero. |
| 03 Marketplace: bienes situados en la UE vendidos por un vendedor establecido en la UE | Su venta. El artículo 14 bis no se aplica; la plataforma no es proveedor considerado y deciden sus propias reglas de IVA (comprobación 04). | Establecimiento del vendedor, país de salida, alta OSS. |
| 03 Marketplace: envíos importados de más de 150 EUR, cualquier vendedor | Análisis adicional. No es una entrega considerada según el artículo 14 bis, pero la ley francesa puede hacer a la plataforma deudora del IVA a la importación; compruebe la ruta de importación y el deudor. | Valor intrínseco, importador oficial, condiciones de la plataforma sobre el IVA a la importación, Incoterms. |
| 04 Demás ventas a consumidores: pedidos expedidos desde Francia | Registro requerido, véase 02. A consumidores franceses se aplica la regla nacional; a consumidores de otros Estados miembros, su número francés cubre el stock y las ventas pasan por el OSS de la Unión o las reglas de IVA del país de destino. | Ubicación del almacén, país de destino por pedido, alta OSS y Estado miembro de identificación. |
| 04 Demás ventas a consumidores: expedidas desde otro Estado miembro, a través del OSS de la Unión | No requerido solo por estas ventas. Declara el IVA francés en su declaración OSS de la Unión, llevada en el Estado miembro en el que está establecido en la UE o, sin establecimiento en la UE, en un Estado miembro de salida; importaciones, adquisiciones y otras entregas se comprueban aparte. | Alta OSS y Estado miembro de identificación, país de salida, confirmación de que nunca se mantiene stock en Francia. |
| 04 Demás ventas a consumidores: expedidas desde otro Estado miembro, IVA francés devengado, sin OSS | Registro requerido. Regístrese en Francia y declare el IVA francés en la CA3, tras comprobar la regla de los 10 000 EUR del país de origen y la franquicia transfronteriza para pymes. | Volumen de negocios transfronterizo del año en curso y del anterior, establecimiento en un solo Estado miembro, posible autorización de franquicia. |
| 04 Demás ventas a consumidores: pedidos expedidos desde fuera de la UE | IOSS, registro francés o importación por el cliente. Los envíos de hasta 150 EUR (valor intrínseco) pueden usar IOSS; sin IOSS, un registro francés cuando su entidad debe el IVA a la importación o el IVA francés de la venta, incluso para bienes despachados en otro Estado miembro; una venta importada directamente en Francia con el cliente como deudor del IVA a la importación no exige, por sí sola, un número francés, con sujeción a las condiciones legales. | Valor intrínseco, uso de IOSS, Estado miembro de importación, importador designado y base imponible de la importación frente al precio de venta. |
La tabla es una herramienta de preselección, no una conclusión jurídica. Aplique cada fila a la misma entidad jurídica en todos sus flujos; una fila marcada como no requerido nunca anula otro desencadenante. Cuando se aplica la inversión del sujeto pasivo, esas ventas por sí solas no exigen registro francés. Una franquicia transfronteriza para pymes autorizada (artículo 293 B bis del CGI) elimina el registro francés y la CA3 para las ventas exentas. Francia significa aquí la Francia metropolitana, Córcega incluida.
Reúna las pruebas antes de solicitar el alta
Una decisión fiable necesita hechos fiables. Prepare un mapa por entidad jurídica que conecte compras, transporte, aduanas, almacenamiento y ventas. Así podrá fechar el primer hecho francés que debe declararse.
Hágalo antes de mover el stock. La solicitud puede requerir documentos societarios, estatutos, traducciones y, según el país de establecimiento, un representante fiscal o mandatario. Descubrir el supuesto después del lanzamiento suele convertir un alta en la reconstrucción de varios periodos de IVA.
- Enumere cada entidad que posee bienes o factura a clientes.
- Mapee los países de compra, importación, almacenamiento, envío y entrega.
- Anote el importador oficial y los Incoterms de cada importación.
- Separe B2C, B2B con cliente identificado y ventas con proveedor considerado.
- Liste los registros de IVA, OSS e IOSS ya existentes.
- Identifique la primera fecha prevista de importación, llegada de stock o venta en Francia.
Ejemplo: un vendedor de la UE añade stock en Francia
Una sociedad neerlandesa envía actualmente todos los pedidos de consumidores desde los Países Bajos y declara las ventas transfronterizas aptas mediante el OSS de la Unión. Ahora quiere trasladar productos propios a un almacén logístico francés. La sociedad neerlandesa sigue siendo propietaria y vendedora.
OSS puede seguir cubriendo determinadas ventas B2C transfronterizas, pero no declara el traslado del stock propio a Francia. El movimiento debe analizarse como entrega asimilada en los Países Bajos y adquisición intracomunitaria en Francia. Por ello, el registro francés puede ser necesario antes del primer traslado.
El expediente debe identificar fecha de llegada, almacén, documentos de transporte, propietario y flujos de venta desde el stock francés. También debe separar las ventas nacionales francesas de los envíos desde Francia a consumidores de otros Estados miembros.
Qué hacer cuando la respuesta es sí
Defina primero la entidad, fecha de efecto, tipos de operación, frecuencia declarativa prevista, ruta de importación y datos bancarios. Después determine si la empresa debe nombrar un representante fiscal acreditado o puede utilizar un mandatario. Nuestra guía sobre países exentos de representante fiscal francés explica esa segunda decisión.
Si la respuesta sigue sin estar clara, no registre por precaución a todas las entidades. Revise de forma específica propiedad, importador y ruta del stock. El análisis separará una obligación francesa real de una venta ya cubierta por OSS, el proveedor considerado del marketplace o la inversión del sujeto pasivo del cliente.
Official sources
Last reviewed 27 de septiembre de 2026. Rules and operational procedures can change, so confirm the current position for your exact products and sales flows.